Cláusulas del pacto de socios (V): permanencia
La cláusula de permanencia en un pacto de socios suele referirse a la exigencia de que el equipo directivo (fundador/es) permanezca en la sociedad (no ya como mero socio, sino desempeñando sus servicios) durante un plazo determinado de tiempo.
Evidentemente, es una cláusula que exigen los socios inversores que han realizado su inversión sobre la premisa de la confianza en determinadas personas que han empujado el proyecto desde su momento inicial y que son fundamentales para su éxito.
La permanencia se exige por un plazo que se estima acorde con la previsión del proyecto sobre el tiempo necesario para su maduración y éxito.