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Las facturas rectificativas del IVA en sede concursal

photo credit: Brero via photopin cc
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Nuestro economista, Juan Carlos Sanchis, ha preparado un útil resumen de la cuestión, que compartimos gustosamente.

En todo concurso de acreedores, y en virtud del Artículo 80 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA se establece que: “(Tres. La base imponible podrá reducirse cuando el destinatario de las operaciones sujetas al Impuesto no haya hecho efectivo el pago de las cuotas repercutidas y siempre que, con posterioridad al devengo de la operación, se dicte auto de declaración de concurso. La modificación, en su caso, no podrá efectuarse después de transcurrido el plazo máximo fijado en el número 5 del apartado 1 del artículo 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.)”.

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El enforcement del pacto de socios (II): la cláusula penal económica

photo credit: Natalia Lobato via photopin cc
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La cláusula penal es el mecanismo tradicional de disuasión de incumplimiento no sólo en los pactos de socios, sino en la contratación en general. La forma más frecuente de cláusula penal es la que consiste en establecer la obligación a cargo del incumplidor de pagar una cantidad de dinero. No obstante, nada impide que la consecuencia anudada al incumplimiento sea de tipo distinto (como por ejemplo, la obligación de transmitir sus participaciones en la sociedad, que trataré en otro post).

En los casos en que la cláusula penal consiste en la obligación de pagar una cantidad determinada en caso de incumplimiento, su función básica suele ser que el pago de la cantidad establecida sustituya la indemnización de daños y perjuicios (pena sustitutiva); de esta manera, el acreedor (aquél al que debe pagar el incumplidor) no necesita cuantificar y acreditar tales daños en caso de tener que reclamar, pues la pena cumple esa función resarcitoria.

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El enforcement del pacto de socios (I)

photo credit: ...-Wink-... via photopin cc
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Comienzo con este una serie de posts dedicada al enforcement de los pactos de socios, así que empezaré por el principio, definiendo el concepto.

Con el enforcement de los pactos de socios nos referimos a los mecanismos orientados a asegurar o facilitar su cumplimiento. Ya hemos contado (aquí) que los pactos parasociales sufren alguna debilidad como la inoponiblidad a la sociedad, y hemos hablado también de que el recurso a los tribunales para forzar al cumplimiento a un socio incumplidor no suele ser una solución efectiva dada la lentitud que caracteriza a nuestro sistema judicial.

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Ejecución de hipoteca sobre vivienda en concurso: sentencia del Tribunal Constitucional

hipoteca concurso La STC nº 191/2011, de 12 de diciembre, de su Sala Primera, marca un hito ya que es la primera sentencia del TC en materia concursal y se refiere a un tema muy delicado en el entorno de crisis en que nos hallamos inmersos: las ejecuciones de viviendas hipotecadas en el seno del concurso de acreedores.

La cuestión no deja de tener cierta complejidad en cuanto a su tratamiento procesal, pues el régimen dispuesto por la Ley es casuístico y puede generar dudas en su aplicación a los múltiples supuestos que pueden darse.

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Concurso de personas físicas: revisita al Auto de Seijó (Mercantil Barcelona).

photo credit: Arguez via photopin cc
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No hace falta introducir la famosa resolución del Magistrado Fernández Seijo (Mercantil 3 Barcelona, Auto de 26/10/2010) que en la conclusión del concurso extinguió las deudas concursales de dos personas físicas, realizando una interpretación singular del artículo 178.2 LCon.

A mi juicio la resolución era, lamentablemente, contra legem, pero por otro lado llega a una solución – dentro del caso concreto objeto del Auto referenciado – justa y acomodada a las necesidades de la sociedad española actual, respondiendo a numerosas reivindicaciones en este sentido y abriendo un camino que al menos debe plantearse como vía de reflexión previa a la plasmación de medidas en nuestro derecho positivo que aborden el problema.

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