–
Cláusulas del pacto de socios (I): quórum reforzado
El quórum es la mayoría que debe alcanzar un acuerdo al ser votado en Junta para resultar aprobado. La Ley de Sociedades Mercantiles establece una serie de mayorías distintas en función de la naturaleza o trascendencia de los acuerdos sometidos a votación (y esas mayorias son las que rigen en defecto de pacto de los socios que establezca otras).
Así, por ejemplo, para una SL la Ley exige la mayoría simple (más votos a favor que en contra, siempre que representen al menos un tercio del capital social) para adoptar acuerdos como nombrar un administrador o aprobar las cuentas. Si el acuerdo se refiere a la aprobación de un aumento de capital, entonces la Ley exige que vote a favor un número de socios que represente más del 50% del capital social, y si lo que se pretende es suprimir el derecho de adquision preferente de los socios, o bien aprobar la fusión o escisión de la sociedad, se exigirá el voto a favor de socios que representen más de 2/3 del capital social.