Cláusulas del pacto de socios (IX): aportación obligatoria (pay to play)
Mediante esta cláusula se acuerda que la participación de los socios en los sucesivos aumentos de capital será obligatoria (cada uno en la proporción que le corresponda) de tal forma que todos los socios suscribirán los aumentos y se maximizará la entrada de financiación por esta via. Para el caso de incumplimiento la sanción que habitualmente se establece es la pérdida del derecho de adquisición preferente en los aumentos de capital siguientes.
Con lo anterior lo que se pretende es potenciar la entrada de capital en la sociedad.